La protección del derecho fundamental de Habeas Data por reportes negativos erróneos por parte de las entidades financieras [electronic resource] / Edgar José Cormane Bornaceli; Eduardo Gutiérrez Navarro; Jesús Antonio Lozano Pérez; asesor., Juan Carlos Berrocal Durán
Tipo de material:
Archivo de ordenadorDetalles de publicación: Barranquilla, Atlántico : Corporación Universitaria Rafael Núñez, 2015Descripción: 1 recurso en línea (28 páginas (PDF)) : tablasTema(s): Clasificación CDD: - DER 2015 C811p
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| Trabajos de grado | Miguel Henríquez Castañeda Barranquilla Trabajo de grado | Trabajos de grado | DER 2015 C811p (Navegar estantería(Abre debajo)) | ej.1 | Disponible | 04082 |
Trabajo de Grado (Abogado). Corporación Universitaria Rafael Núñez. Facultad de Ciencias Sociales y Humanas. Programa de Derecho, 2015
Incluye referencias bibliográficas
El buen nombre ha sido comprendido en la doctrina y en la jurisprudencia constitucional como la reputación o fama de una persona, esto es, como el concepto que la masa social se forma de ella. El buen nombre se erige en derecho fundamental de las personas y constituye uno de los elementos más valioso dentro del patrimonio moral y social, a la vez que en un factor intrínseco de la dignidad humana. En efecto, la Corte Constitucional ha precisado que el derecho al buen nombre se encuentra ligado a los actos que realice una persona, de manera que, a través de éstos, el conglomerado social se forma un juicio de valor sobre lareal dimensión de bondades, virtudes y defectos del individuo.
AREA PROFESIONAL
Programa de Derecho_18
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