La protección del derecho fundamental de Habeas Data por reportes negativos erróneos por parte de las entidades financieras [electronic resource] /
Cormane Bornaceli, Edgar José
La protección del derecho fundamental de Habeas Data por reportes negativos erróneos por parte de las entidades financieras [electronic resource] / Edgar José Cormane Bornaceli; Eduardo Gutiérrez Navarro; Jesús Antonio Lozano Pérez; asesor., Juan Carlos Berrocal Durán - Barranquilla, Atlántico : Corporación Universitaria Rafael Núñez, 2015 - 1 recurso en línea (28 páginas (PDF)) : tablas
Trabajo de Grado (Abogado). Corporación Universitaria Rafael Núñez. Facultad de Ciencias Sociales y Humanas. Programa de Derecho, 2015
Incluye referencias bibliográficas
El buen nombre ha sido comprendido en la doctrina y en la jurisprudencia constitucional como la reputación o fama de una persona, esto es, como el concepto que la masa social se forma de ella. El buen nombre se erige en derecho fundamental de las personas y constituye uno de los elementos más valioso dentro del patrimonio moral y social, a la vez que en un factor intrínseco de la dignidad humana. En efecto, la Corte Constitucional ha precisado que el derecho al buen nombre se encuentra ligado a los actos que realice una persona, de manera que, a través de éstos, el conglomerado social se forma un juicio de valor sobre lareal dimensión de bondades, virtudes y defectos del individuo.
AREA PROFESIONAL
Derecho--Tesis y disertaciones académicas
DER 2015 / C811p
La protección del derecho fundamental de Habeas Data por reportes negativos erróneos por parte de las entidades financieras [electronic resource] / Edgar José Cormane Bornaceli; Eduardo Gutiérrez Navarro; Jesús Antonio Lozano Pérez; asesor., Juan Carlos Berrocal Durán - Barranquilla, Atlántico : Corporación Universitaria Rafael Núñez, 2015 - 1 recurso en línea (28 páginas (PDF)) : tablas
Trabajo de Grado (Abogado). Corporación Universitaria Rafael Núñez. Facultad de Ciencias Sociales y Humanas. Programa de Derecho, 2015
Incluye referencias bibliográficas
El buen nombre ha sido comprendido en la doctrina y en la jurisprudencia constitucional como la reputación o fama de una persona, esto es, como el concepto que la masa social se forma de ella. El buen nombre se erige en derecho fundamental de las personas y constituye uno de los elementos más valioso dentro del patrimonio moral y social, a la vez que en un factor intrínseco de la dignidad humana. En efecto, la Corte Constitucional ha precisado que el derecho al buen nombre se encuentra ligado a los actos que realice una persona, de manera que, a través de éstos, el conglomerado social se forma un juicio de valor sobre lareal dimensión de bondades, virtudes y defectos del individuo.
AREA PROFESIONAL
Derecho--Tesis y disertaciones académicas
DER 2015 / C811p