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100 _aRawls, John
_d1921-2002
_eautor
_94533
245 0 _aTeoría de la justicia
_h[electronic resource] /
_cJohn Rawls ; traducción., María Dolores González
260 _aMéxico :
_bFondo de Cultura Economica,
_c2006
300 _arecurso en línea (537 páginas) :
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500 _aTitulo original : A theory of justice
504 _aIncluye referencias bibliográficas
505 _aPt. I. La teoria -- 1. La justicia como imparcialidad -- 2. Los principios de la justicia -- 3. La posicion original. -- Pt. II. Instituciones -- 4. Igualdad de la libertad -- 5. Porciones distributivas -- 6. El deber y la obligacion. -- Pt. III. Los fines -- 7. La bondad como racionalidad -- 8. El sentido de la justicia -- 9. El bien de la justicia
520 _aEn este libro, que ha tenido repercusión mundial y ha sido traducido a múltiples lenguas, John Rawls (Baltimore, 1921) afirma que cada persona tiene una inviolabilidad fundada en la justicia que no está limitada ni siquiera por medidas que pudieran beneficiar a toda la sociedad. Por lo tanto, en una sociedad justa, los derechos concedidos por la justicia no estarán sometidos a la negociación política ni al cálculo del interés social. Los principios que Rawls plantea en "Teoría de la justicia" son los que cualquier persona libre y racional aceptaría estando en una posición inicial de igualdad. En esta hipotética situación, que corresponde al "estado natural" en la teoría del contrato social, nadie conoce su lugar en la sociedad, su posición de clase ni su fortuna en la distribución de capacidades naturales, y ni siquiera una concepción previa del bien. Así, deliberando tras un velo de ignorancia, los hombres determinan sus derechos y deberes. En la primera sección del libro se precisan la teoría de la justicia, algunas objeciones y otras posiciones, especialmente el utilitarismo. Luego, el autor aplica su teoría a la base filosófica de las libertades constitucionales, el problema de la justicia distributivo y la definición del ámbito y los límites del deber político y la obligación. Incluye aquí un análisis de la desobediencia civil y la objeción al reclutamiento por motivos de conciencia. Por último, relaciona la teoría de la justicia con una doctrina del bien y del desarrollo moral, lo que le permite formular una concepción de la sociedad como una integración por excelencia.
590 _aPrograma de Derecho_18
650 _aFilosofía del derecho
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700 _aGonzález, María Dolores
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