| 000 | 03064nmm a2200277 a 4500 | ||
|---|---|---|---|
| 003 | CO-CtgCURN | ||
| 005 | 20250716202040.0 | ||
| 008 | 190715s2010 xx f 000 0 spa d | ||
| 040 |
_aCO-CtgCURN _bspa _ccoctgcurn |
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| 082 |
_aDER 2010 _bP226c |
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| 100 |
_aPardo Escorcia, Nini _9198 _eautora |
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| 245 | 0 |
_aCuál es la eficacia de la Ley 1149 de 2007 de la oralidad procesal con relación a la Ley 712 de 2001 en los despachos laborales de la ciudad de Barranquilla _h[electronic resource] / _cNini Pardo Escorcia; Roger Ortega; asesor., Rafael Deyong |
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| 260 |
_aBarranquilla, Atlántico : _bCorporación Universitaria Rafael Núñez, _c2010 |
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| 300 | _a1 recurso en línea (119 páginas (PDF)) | ||
| 502 | _aTrabajo de Grado (Abogado). Corporación Universitaria Rafael Núñez. Facultad de Ciencias Sociales y Humanas. Programa de Derecho, 2010 | ||
| 504 | _aIncluye referencias bibliográficas | ||
| 520 | _aMediante el presente trabajo de grado se busca realizar un análisis integral en los que respectas a nuestra legislación en el ambiro laboral mirándolo desde la perspectiva de abogados siendo esta nuestra próxima calidad profesional buscando así una amplia concepción en lo que respecta a la nueva legislación laboral colombiana. La oralidad en Colombia el cual tuvo sus inicios a nivel general la implementación de la misma es relativamente nueva ya que la primera aplicación en nuestra legislación fue en el área penal deroga la ya no vigente Ley 600 del 2000 para darle aplicabilidad a la Ley 904 de 2004, dando así los primeros pasos en la evolución legislativa no quedándose atrás el are laboral la cual cumple una importante función en la vigilancia de la relación laboral directas e indirectas que rigen entre empleado-empleador, es así que a partir del mes de febrero se implementa en la ciudad de San Andrés el plan piloto oral el cual amplia y descongestiona de manera significativa los despachos judiciales ya que gracias a este y los mecanismos que dentro de este se implementa puede reducirse ampliamente la demanda en la cual se encuentra los despachos judiciales y la mora en la cual incurren por volumetría de los mismos y el nivel de cumplimiento legal al que deben ceñirse como era el anterior código de procedimientos laborales el cual venia con unos términos mas largos los cuales daban como resultad que para resolución de un conflicto laboral el termino mínimo de resolución era de tres años, vulnerando así derechos fundamentales de manera indirecta al dilatar el proceso como tal. | ||
| 521 | _aAREA PROFESIONAL | ||
| 590 | _aPrograma de Derecho_18 | ||
| 650 |
_aDerecho _vTesis y disertaciones académicas _9199 |
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| 700 |
_aDeyong, Rafael _easesor _9200 |
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| 700 |
_aOrtega, Roger _eautor _94356 |
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| 856 |
_uhttps://unicurn.sharepoint.com/:b:/s/biblioteca/EcO-AknYa4NMkW4YcEXNFuwBXGJqGyvvDWLVavW5cL6v7A?e=WpcEqz _yConsulte aquí el texto completo |
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| 942 |
_cTG _hDER 2010 _iP226c _2ddc _n0 |
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| 999 |
_c362 _d362 |
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