| 000 | 03114nam a2200277Ia 4500 | ||
|---|---|---|---|
| 003 | CO-CtgCURN | ||
| 005 | 20250408171341.0 | ||
| 008 | 190723s2003 xx 000 0 und d | ||
| 020 | _a8497720105 | ||
| 040 |
_aCO-CtgCURN _bspa _ccoctgcurn |
||
| 082 |
_a346.048 _bR696d |
||
| 100 |
_aRodríguez Pardo, Julián _98896 _eautor |
||
| 245 | 0 |
_aEl derecho de autor en la obra multimedia / _cJulián Rodríguez Pardo; prólogo., Ana Azurmendi |
|
| 260 |
_aMadrid, España : _bEditorial Dykinson, _c2003 |
||
| 300 |
_a371 páginas ; _c24 centímetros. |
||
| 500 | _aIncluye índice y prólogo | ||
| 504 | _aIncluye referencias bibliográficas (p. [339] - 371) | ||
| 505 | _aCap. 1. Aproximación a la hora multimedia -- Cap. 2. Caracterización del derecho de autor y de sus rasgos básicos a través de su historia -- Cap. 3. La protección del derecho de autor en los tratados internacionales y su aplicación a la obra multimedia -- Cap. 4. El desarrollo de los principios comunitarios del derecho de autor a través de la regulación de la obra multimedia y la sociedad de información -- Cap. 5. La aplicación del derecho español de autor a la obra multimedia. Estudio de su legislación y jurisprudencia. | ||
| 520 | _aLa repercusión de los derechos de autor en la economía de las empresas de comunicación es evidente. Pero existe otra cuestión, desde luego relacionada con la vertiente patrimonial de la propiedad intelectual, a la que no siempre concede su debida relevancia: la mayor o menor protección de los derechos de autor significa también mejores o peores condiciones de compensación al talento creador, a la creatividad, que es el impulso de todo negocio cultural. En este sentido, la unión europea acierta al situar precisamente aquí en centro de gravedad de su directiva sobre armonización de los derechos de autor y derechos afines en la sociedad de la información: toda armonización de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor debe basarse en un elevado nivel de protección, dado que tales derechos son primordiales para la creación intelectual. Su protección contribuye a preservar y desarrollar la creatividad en interés de los autores, los interpretes, los productores, los consumidores, la cultura, la industria y el público en general. Por lo tanto, la propiedad intelectual ha sido reconocida como una parte integrante del derecho de propiedad. Un sistema eficaz y riguroso de protección de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor constituye uno de los instrumentos fundamentales para asegurar la creación y la producción cultural europea de los recursos necesarios y para autonomía y dignidad a los creadores interpretes. Realidades que, como el mismo texto legal reconoce, cobran nueva perspectiva en el entorno digital. | ||
| 521 | _aAREA PROFESIONAL | ||
| 590 | _aPrograma de Derecho_18 | ||
| 650 |
_aDerechos de autor _98897 |
||
| 700 |
_4Azurmendi, Ana _eprólogo _98899 |
||
| 942 |
_cBK _h346.048 _iR696d _2ddc _n0 |
||
| 999 |
_c29289 _d29289 |
||